Legalidad y realidad : servicios públicos, jurisdicción coactiva y procedimiento para imponer sanciones pecuniarias en la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica
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Universidad Industrial de Santander
Resumen
Dentro de nuestro Estado Social de Derecho, debemos concebir la existencia de unos principios fundamentales, presentes en todos los ámbitos reglados por lo jurídico, los cuales desarrollados dentro de los parámetros de la constitución aseguran la convivencia y la equidad en la comunidad. El carácter de ineludible que tienen estos principios halla su fundamento en que a partir de ellas es posible la construcción ideal de una sociedad. En lo atinente a los servicios públicos domiciliarios, y a las obligaciones que adquieren las empresas por desempeñar el rol de suministrarlos, el interés general, el bien común, y la protección de los derechos fundamentales se erigen como sus parámetros rectores. Estos principios se encuentran fijados no solo en la ley, sino en nuestra constitución, materializándose con esto el principio de legalidad, que está presente para circunscribir la jerarquización de las normas sustanciales y procedimentales. Igualmente, a través de la ley y sólo a través de ella es que se puede impeler jurisdicción y competencia a las diversas instituciones con funciones públicas para poder hacer efectivas las prerrogativas autonómicas y coercitivas del Estado; esto puede explicar la existencia de la jurisdicción coactiva, como medio idóneo para hacer efectivos los intereses del Estado que se traducen en el interés general. En los procedimientos administrativos sancionatorios, impulsados por la Empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. por razón de las anomalías cometidas contra las pautas para la prestación del servicio de energía eléctrica (contenidos en su contrato de condiciones uniformes), hemos de ver que estos procedimientos no se encuentran fijados en la ley, atentando contra los principios mencionados, e incurriendo en la deslegitimación, pues no tienen la competencia para llevar estos procesos, ni para delegarla a entidades privadas, como inexplicablemente sucede en este momento en Bucaramanga.