Análisis del decreto reglamentario municipal de cartera del municipio San Juan Girón para identificar las posibles modificaciones de acuerdo con las normas vigentes

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Universidad Industrial de Santander

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Con la expedición de la Ley 1066 de 2006 (Art. 2 Numeral 1) y su Decreto reglamentario 4473 (Art. 2) de la misma vigencia, se impuso que las Entidades Territoriales deben expedir un Reglamento interno del recaudo de cartera, el cual deberá ser expedido en el orden territorial por los representantes legales de cada entidad, aspectos a tener en cuenta: 1. Funcionario competente para adelantar el trámite de recaudo de cartera en la etapa persuasiva y coactiva. 2. Establecimiento de las etapas del recaudo de cartera, persuasiva y coactiva. 3. Determinación de los criterios para la clasificación de la cartera: en términos relativos a la cuantía, antigüedad, naturaleza de la obligación y condiciones particulares del deudor entre otras. El municipio de San Juan Girón, dando cumplimiento a la ley trascrita, profirió el Decreto No. 086 del 15 de febrero del año 2007, En dicho reglamento se aplica el procedimiento administrativo coactivo, no solamente a todos los impuestos, sino también a todas las tasas, contribuciones, multas, derechos y demás recursos territoriales, con lo que el Manual cobra gran importancia para la efectividad de los derechos del Municipio. El uso extendido del reglamento de cartera garantiza la unificación del procedimiento, facilitando el manejo y control de los expedientes por parte de la Administración. Como quiera que con la expedición de la Ley 1430 de 2010, Ley 1437 de 2011 y el Decreto No. 019 de 2012 se ha modificado el procedimiento del cobro administrativo coactivo, establecido en Estatuto Tributario Nacional, así como algunos cambios en el Manual de Funciones de la Entidad Territorial, La Administración ha considerado necesario actualizar el reglamento Interno de Cartera para ajustarlo a la normatividad vigente.

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