Sostenibilidad fiscal frente a los derechos fundamentales

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Universidad Industrial de Santander

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La sostenibilidad fiscal en esencia conduce a que las finanzas públicas del estado sean viables y operables, es decir que el gasto público no crezca por encima de los ingresos, y que este buen manejo de las finanzas le evite al Estado endeudarse cada vez más, excediendo su capacidad de pago y por el contrario pueda manejar sus egresos, logrando paulatinamente los fines perseguidos en nuestro caso, por el Estado Social y Democrático de Derecho Colombiano. En este sentido nuestro legislativo aprobó la Sostenibilidad Fiscal como principio constitucional orientador de las ramas y los órganos del poder público dentro de sus competencias, en un marco de colaboración armónica, comprometiéndolos a tener en cuenta en sus decisiones la disponibilidad de recursos de la Nación, evitando así la quiebra del fisco. La reforma constitucional que introdujo el Principio De Sostenibilidad Fiscal operara mediante el Incidente De Impacto Fiscal que interpone el Procurador General de la Nación o uno de los Ministros del Gobierno, el cual consiste en que una vez proferida la sentencia por cualquiera de las máximas corporaciones judiciales, se estiman las explicaciones de los proponentes sobre las consecuencias de la sentencia en las finanzas públicas, así como el plan concreto para su cumplimiento y culmina con la decisión si procede modular, modificar o diferir los efectos de la misma, con el objeto de evitar alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal. En esta medida y con el fin de evitar el menoscabo de derechos fundamentales a causa de prosperar el incidente, desde la misma reforma se introdujo un parágrafo que prohíbe expresamente afectación alguna a los derechos fundamentales pues estos ameritan protección integral por el Estado Social y Democrático de Derecho.

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