Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)Aguirre Roman, Javier OrlandoBallena Patiño, Gabriel Angel2024-03-0320162024-03-0320162016https://noesis.uis.edu.co/handle/20.500.14071/35530En la actualidad el único daño inmaterial diferente al moral y constitucional que un juez contencioso administrativo en Colombia puede reconocer, es el denominado daño a la salud, teniendo en cuenta criterios interpretativos bien definidos por el órgano de cierre. Este tipo de perjuicios se refiere a la afectación de la integridad sicofísica del sujeto, y tiene en cuenta la unidad corporal del sujeto y las consecuencias, es decir tiene la capacidad de indemnizar todas las categorías de daños, basado en un criterio objetivo y uno subjetivo, afirma el Consejo de Estado. Sin embargo, al momento de indemnizar este perjuicio sólo debe aplicar las reglas indicadas por el órgano de cierre y el tope máximo no puede superar los 400. S.m.m.l.v., ni reconocer otro tipo de perjuicios. En la liquidación del daño a la salud se recurre al arbirio juris, pero teniendo en cuenta unas reglas determinadas, cuestión que se contradice, pues el juez debe ceñirse a lo indicado, y si eso así la pretendida libertad desaparece con la imposición. Es por ello que desde la teoría de la decisión judicial pueden crearse otros criterios hermenéuticos que permitan fundamentar una decisión en la tasación del daño que pueda contener el reconocimiento de otros tipos de daños y otro tipo de indemnización teniendo en cuenta el sistema jurídico vigente y la aplicación del razonamiento jurídico. Con todo, desde la hermenéutica y más allá de ésta, la argumentación, posibilita llegar a descubrir y crear argumentos con pretensión de restablecer el ordenamiento jurídico vigente y posible.application/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/TeoríaDecisión JudicialTasaciónDaño A La Salud Y Criterios HermenéuticosLa teoría de la decisión judicial y los criterios hermenéuticos de la tasación del daño a la saludUniversidad Industrial de SantanderTesis/Trabajo de grado - Monografía - MaestriaUniversidad Industrial de Santanderhttps://noesis.uis.edu.coAt present the only pecuniary damages different moral and constitutional administrative law judge in Colombia can recognizeis called damage to healthtaking into account well-defined criteria of interpretation by the closure member This type of damage relates to the impairment of psychophysical integrity of the subjectand takes into account the physical unity of the subject and the consequencesie has the ability to compensate all categories of damagesbased on objective criteria and subjective one said the State Council. However when this injury compensation should only apply the rules given by the closure and the upper limit may not exceed 400. SMMLV or recognize other damages. In the liquidation of damage to health it is used to juris arbiriobut considering certain ruleswhich contradicts question because the judge must follow prescribedand if so the supposed freedom that goes with the imposition That is why from the theory of judicial decision other hermeneutical criteria to base a decision on the assessment of the damage that may contain the recognition of other types of damages and other compensation given the current legal system can be created and application of legal reasoning. Howeverfrom hermeneutics and beyondargumentationmakes it possible to discover and create arguments with a view to restoring the current and possible legal order.Theory, Judicial Decision, Pricing, Harm To Health And Interpretive Criteria.info:eu-repo/semantics/openAccessAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)