Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)Maldonado Serrano, Jorge FranciscoMonroy Guillen, Nicolas Arnaldo2023-04-0520232023-04-0520192019https://noesis.uis.edu.co/handle/20.500.14071/12979Todas las presentaciones de juicios son presentaciones no cognitivas porque la cognición es la percepción de un objeto y las percepciones afectivas no son objetivas. Las presentaciones de juicios estéticos son completamente subjetivas y estas presentaciones no se convierten en parte de la representación de un objeto. El juicio reflexivo teleológico, por el contrario, vincula la intuición, la percepción afectiva e incluso el espacio en la representación de un posible acto. Por consiguiente, El sentido de imaginación y apercepción se funda en la sinopsis de lo múltiple a priori por el sentido, la síntesis del múltiple por la imaginación y la unidad de esta síntesis por la apercepción, todas estas facultades, además del uso empírico tiene un uso trascendental que se refiere a la forma y solo es posible a priori, estos son los usos básicos de la razón. Así, Podemos afirmar que un juicio se puede verificar con la realidad en su uso teórico y allí denotarse como verdadero y a su vez, un en su uso práctico responde a tres formulaciones que lo convierten en imperativo. A través de su forma, a través del medio y según su finalidad. 1application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessJuicio ReflexivoRepresentaciónCondiciones De PosibilidadRazón.Los juicios imperativos de la verdad y la teleologiaUniversidad Industrial de SantanderTesis/Trabajo de grado - Monografía - PregradoUniversidad Industrial de Santanderhttps://noesis.uis.edu.coReflexive JudgementRepresentationPossibility ConditionsReason.The imperative judgments of the truth and teleology.3http://purl.org/coar/access_right/c_abf2info:eu-repo/semantics/openAccessAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)