Publicación: Escenarios de intermediación y tercerización laboral en Colombia : mutación del vínculo entre los contratantes a partir de la teoría de la realidad
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La estructura del mercado laboral, que durante más de una década ha acelerado la producción, permitió que surgieran formas de trabajo a través de las cuales se pueden reducir los costos de los medios de producción y la mano de obra; este es el caso de la tercerización laboral. Así también, dio lugar a la búsqueda de alternativas contractuales a través de las cuales pudiese descentralizarse el proceso productivo para contar con mano de obra cuya responsabilidad y manejo se encuentra en manos de un tercero; de allí que hablemos también de intermediación laboral. Los derechos de los trabajadores, como principal fuerza dentro del proceso de producción, priman sobre cualquier monopolio de poder; por esta razón es importante conocer las diferentes formas en que se presentan y/o administran dentro de las relaciones laborales. El sistema jurídico colombiano ha dispuesto gran cantidad de leyes, normas y procedimientos para la protección de estos derechos, sin embargo no han sido suficientes para evitar la transgresión de los mismos, frente a la adopción de formas deslaboralizadas. La doctrina y la jurisprudencia han dispuesto la teoría de la realidad como uno de los mecanismos para la protección al trabajador en los casos de tercerización o uso indiscriminado de procesos de intermediación. La corte constitucional ha expuesto que dentro de las condiciones de trabajo digno también deben considerarse el derecho al desarrollo del proyecto de vida y a la estabilidad laboral. La modalidad de trabajo tercerizado o producto de la intermediación ha permitido la flexibilización del trabajo; sin embargo, el aumento de este fenómeno ha deformado en situaciones de precariedad laboral. Del mismo modo, el estudio de casos frente a posibilidades de desnaturalización del vínculo laboral en formas laborales distintas de las pactadas por las partes, permite al sector empresarial, al micro-pequeño y gran empleador, abordar su plan de contratación desde un panorama de seguridad jurídica, el cual permita planear el retorno de su inversión con claridad y efectividad.

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