Publicación: La responsabilidad internacional del estado en materia de acciones afirmativas
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Exigibilidad de las Acciones Afirmativas en los Sistemas de Protección de los Derechos Humanos. La Acción Afirmativa es una institución que otorga un tratamiento jurídico diferenciador a situaciones de desigualdad de hecho, a favor de grupos en estado de vulnerabilidad y discriminación con el fin de contrarrestar la evidente desigualdad que llevan en sí los componentes del desarrollo humano. En el marco del Estado como garante de los derechos humanos se tiene como objetivo principal determinar la obligatoriedad de realizar dichas acciones ante situaciones de desigualdad manifiesta, realizando un análisis metodológico frente la principal jurisprudencia y pronunciamientos de los órganos internacionales en la materia, tomando los hechos relevantes, las consideraciones y las resoluciones de los mismos, extrayendo conclusiones al realizar un análisis comparativo. Se analiza la principal jurisprudencia de Estados Unidos, Europa y Colombia frente a la institución bajo estudio y se extraen sus principales características, que limitan el concepto y marcan la pauta entre acciones diferenciadoras y discriminatorias. De los pronunciamientos de los órganos de los Sistemas de Protección de los Derechos Humanos, se extrae una interesante polémica frente al papel del Estado en la materia: De una parte los órganos jurisdiccionales, han manifestado que los Estados no se encuentran obligados a adoptar tales medidas, de otra, los órganos consultivos y de apoyo, coinciden en afirmar que sí existe tal obligación. Esta investigación pretende llenar este vacío, aclarando las contradicciones y sistematizando una interpretación garantista del derecho a la igualdad, de donde se ha concluido que el principio pro homine y el entendimiento integral del jus cogens internacional guían la hermenéutica acertada que debe orientar a los estados a asumir la obligación internacional de adoptar acciones afirmativas ya que esta obligación es una realidad y no una mera permisión.

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