La Constitución Política de Colombia desarrolla la cláusula del Estado Colombiano como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en el respeto por la dignidad humana que reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación. En ese sentido, adquiere la connotación de Estado Multicultural y en el desarrollo de políticas y acciones estatales tendientes a la integración (sin que suponga asimilación) de las comunidades étnicas que habitan en el territorio nacional, se creó por mandato constitucional la Jurisdicción Especial Indígena, dotando de facultades jurisdiccionales a las autoridades de estas comunidades para conocer los casos d especial interés y resolverlos aplicando sus usos y costumbres ancestrales. El ejercicio de los derechos a la Jurisdicción Especial Indígena y conexos, en ocasiones, entran en conflicto con otros derechos y principios de rango constitucional, por lo cual el juez constitucional debe por medio del juicio de la ponderación y atendiendo a los principios constitucionales establecer una prevalencia condicionada de principios para dar solución al caso. En el presente trabajo se pretende establecer si de acuerdo con los anteriores presupuestos, la Corte Constitucional en los fallos de acción de tutela protege los derechos a la diversidad étnica, dignidad humana y autonomía indígena.