La responsabilidad por línea de mando en el caso de los miembros de la fuerza pública en la Jurisdicción Especial para la Paz de Colombia

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Date
2020
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Universidad Industrial de Santander
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El 24 de noviembre de 2016 se firmó el Acuerdo de Paz entre el Gobierno nacional y la guerrilla de las FARC-EP, dentro del cual se consagró el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), cuyo componente de Justicia debe materializarse a través de la implementación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El acto legislativo 01 de 2017 creador de la JEP, en lo concerniente a la responsabilidad de los altos mandos militares por crímenes cometidos con ocasión al conflicto, plantea un precepto básico que se ciñe a la idea central que: “La determinación de la responsabilidad del mando no podrá fundarse exclusivamente en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción”. Esta determinación genera un sin números de interrogantes en torno a si este tratamiento se encuentra ajustado a los estándares internacionales y si con este se podrán garantizar los derechos de las victimas y evitar la impunidad. En el presente trabajo se analiza el principio de responsabilidad de mando en la jurisprudencia y normativa internacional, concretamente en los conflictos armados no internacionales y su aplicabilidad a miembros de la fuerza pública del Estado en casos de violaciones graves de los derechos humanos y del DIH. A partir de dicho análisis se realiza un estudio de la figura de la responsabilidad contemplada en el Acuerdo de Paz, buscando establecer si se ajusta o no a los estándares internacionales y determinar los efectos de esta regulación en la JEP desde el derecho a la justicia de las víctimas y la seguridad jurídica del proceso de paz.
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Keywords
Derechos Humanos, Línea de mando, Jurisdicción especial para la paz, Fuerza pública.
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