Escuela de Derecho y Ciencia Política
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Browsing Escuela de Derecho y Ciencia Política by Subject "Acciones Populares"
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Item Acciones populares en Bucaramanga en el año 2008 retorica sobre derechos colectivos en las sentencias de los jueces civiles del circuito(Universidad Industrial de Santander, 2009) Duarte Boada, Wilma Cecilia; Talavera Carrascal, Eduardo JoseEs tarea ineludible de los jueces justificar sus decisiones, la que resulta más compleja cuando se trata de acciones constitucionales donde se demanda la protección de derechos colectivos cuyo titular es el conglomerado social, pues la constitución política le impone la carga de hacerlo ajustado a la ley. Sin embargo los resultados de un proceso de Acción popular depende de distintas causas, incluidas en ellas la participación del actor popular que en el Circuito judicial de Bucaramanga es casi nula. En las sentencias que terminan las acciones populares los Jueces Civiles del Circuito usan principalmente argumentaciones silogísticas que tienden a favorecer la aplicación de las normas y excepcionalmente a crear derecho a través de las definiciones que sobre cada derecho colectivo que se demanda como vulnerado, siendo que el privilegiado surge de la vulneración de las normas del plan de ordenamiento territorial local en cuanto toca con la publicidad en cualquiera de sus condiciones. La argumentación de las sentencias de los Jueces Civiles del Circuito no es prolija porque no hay una verdadera depuración de los derechos colectivos en el ámbito de lo privado y las normas sobre acciones populares demandando su amparo por acciones policivas que demuestran la ineficacia estatal.Item El problema de la justificación de las decisiones judiciales en el marco de las fuentes del derecho: el especial caso de la aplicación del agotamiento de la jurisdicción en los procesos de acción popular en los juzgados civiles del circuito y adminis(Universidad Industrial de Santander, 2016) Valero Pinzon, Fleider Leonardo; Acevedo Guerrero, Javier AlejandroA partir de la Constitución Política de 1991 el rol de las altas Cortes como órganos autorizados para interpretar el ordenamiento jurídico ha tomado inusitada importancia, al consagrarse en el art. 230 de aquélla que la jurisprudencia es fuente de Derecho. No obstante, es sólo en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en donde la obligatoriedad del precedente encuentra verdadera fuerza normativa, merced de lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011 que impone a los funcionarios judiciales de dicha rama el deber de seguir la doctrina sentada por el Consejo de Estado mediante sus fallos de unificación de jurisprudencia, como los proferidos en sede de revisión en materia de acciones populares. Precisamente al interior de dicho tipo de trámites constitucionales el Consejo de Estado creó la figura del agotamiento de jurisdicción, carente de sustento en el Derecho objetivo y transgresor de institutos jurídicos como el de la nulidad procesal, que sí se encuentra expresamente regulado por la Ley. Sin embargo, luego de un estudio de la aplicación de ese fenómeno en los Juzgados Civiles del Circuito y en los Juzgados Administrativos de Bucaramanga durante el periodo 2008-2010, se pudo observar que aquél ha tenido gran acogida por los operadores de justicia, lo que conduce a concluir que el instituto en comento se ha legitimado como una forma de descongestión judicial, a pesar de los vicios de su fundamentación, sobreponiéndose a ellos principios como el de celeridad, eficacia y economía procesal.