La responsabilidad que implica la construcción de un proyecto de infraestructura conlleva a la necesidad de realizar un seguimiento y control en su proceso de ejecución. Dicho seguimiento durante el proyecto permite garantizar la funcionalidad y durabilidad de éste, sin embargo, es por medio de una supervisión técnica que se realiza el control del proyecto y es de obligatoriedad según el título V de la Ley 400 de 1997 en el artículo 18 para estructuras independientemente de su uso cuya área construida sea igual o superior a 3000 m2. Una verificación continua de acuerdo con los planos, diseños y especificaciones realizadas por el diseñador estructural representan una parte importante del proceso. Parte de las labores de supervisión a cargo del supervisor pueden delegarse a un auxiliar, el cual trabajará bajo su dirección y responsabilidad. En el siguiente documento se presentan las evidencias de las actividades realizadas durante el desarrollo de la práctica empresarial como apoyo a la supervisión técnica continua del proyecto Edificio de administración III, enfocada a la construcción del sistema estructural y elementos no estructurales bajo especificaciones técnicas y de calidad normativa.