La responsabilidad civil de la eps por la no prestación de un servicio público con carácter de derecho fundamental

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2014
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Universidad Industrial de Santander
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La salud es un derecho que todo colombiano tiene y que el Estado dirige, vigila y desarrolla por medio del sistema general de salud, que a su vez materializa el cumplimiento de ese derecho por medio de entidades promotoras de salud. La ley, ha previsto que dichas entidades presten el servicio por medio de un contrato de afiliación, cuyo vínculo jurídico está vigilado y garantizado mínimamente por el plan obligatorio de salud, que en caso de no ser observado incumple de forma inmediata con las cláusulas que conforman el mencionado contrato de prestación de servicios de salud. La negación de los servicios, avocando a los pacientes al uso de tutelas u otros medios de defensa judicial, hacen evidente el incumplimiento de las obligaciones determinadas por la ley, causando un daño a quien sufre la mala atención de las EPS, generando con ello la obligación de reparar por incumplimiento contractual. En ese sentido este trabajo pretende identificar el referido contrato de prestación de servicios, decantar sus características, sus elementos esenciales o naturales y bajo ese régimen clausular establecer el sistema de responsabilidad civil, que nos permita como para el caso Colombiano demandar las EPS por la indebida prestación del servicio público de salud.
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Keywords
Responsabilidad Civil, Contractual, Extracontractual, Reparación, Daño, Derechos Fundamentales, Salud Y Prestación De Servicios.
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