Legalización del consumo de sustancias alucinógenas con fines recreativos como garantía del goce efectivo del derecho al libre desarrollo de la personalidad de consumidores y/o usuarios

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2016
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Universidad Industrial de Santander
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En Colombia, el Tribunal Constitucional por decreto C 221 de 1994 despenalizó el tamaño y el consumo de la dosis personal de sustancias alucinógenas. Desde entonces, la jurisprudencia constitucional ha entendido el uso de estas sustancias como una decisión personal que no debe ser objeto de censura por parte del Estado o la sociedad, para salvaguardar el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Por su parte, el Congreso de la República ha emitido leyes que tipifican el consumo de sustancias alucinógenas como una infracción policial, cuestión que plantea contradicciones e incertidumbres, además de abrir camino a la arbitrariedad policial y judicial. Dado el problema aquí planteado, se presentan dos soluciones legales; Una que se refiere a la perpetuación del prohibicionismo, y otra que sugiere la legalización del consumo. Prohibicionismo propone medidas que van desde la penalización hasta la simple reprimenda policial. Por otra parte, los proponentes de la legalización demandan al legislador la legalización del uso recreativo, y la regulación de la producción y distribución de estas sustancias. La justificación de la presente investigación es hacer hincapié en la garantía efectiva de los derechos y libertades del consumidor. Esto indudablemente implica incluso una transformación de la lógica del Estado, ya que la flexibilización en el tema de la manipulación del sujeto de drogas o sustancias alucinógenas, exige la transferencia de un modelo represivo a un modelo más compasivo y comprensivo, basado en el respeto y el reconocimiento De la dignidad humana.
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