El contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión y su relación con el cumplimiento de los fines constitucionales y legales de la función administrativa

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2020
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Universidad Industrial de Santander
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El contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión surge en razón de una necesidad administrativa de carácter excepcional y transitoria, sin embargo, la administración suele recurrir a esta figura contractual para cubrir actividades directamente relacionadas a la naturaleza de sus funciones. De otra parte, el cumplimiento efectivo de la función administrativa y sus finalidades, exige la incidencia de determinadas características del empleo público: continuidad, permanencia, cualificación, mérito etc. No cabe duda que la flexibilidad del contrato de prestación de servicios no permite un desenvolvimiento ininterrumpido y continuo de la función administrativa, y tampoco pone su atención en la selección del mérito o la posibilidad de mejoramiento de aptitudes del servidor o funcionario público. Lejos de la existencia real de una necesidad administrativa, la causación material del recurso de prestación de servicios se funda en el interés de ciertos grupos políticos de perpetuar su poder. A esto se suma que el contratista, dada sus especiales condiciones de vinculación a la administración, está en imposibilidad de materializar los fines de la función administrativa. A raíz de lo anterior, la administración se exonera de respetar las garantías laborales del trabajador o empleado público, y el establecimiento puede implementar sus medidas de recorte del Estado Social de Derecho y sus programas de bienestar y satisfacción de demandas sociales a través del gasto social.
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Función administrativa, Contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, Fines esenciales del Estado Social de Derecho.
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