El fiscal como autoridad encargada de iniciar las primeras etapas del proceso penal posee el deber de recaudar el material probatorio y efectuar un análisis riguroso de cada uno de sus elementos. En los casos de delitos sexuales, dicho análisis debe incorporar el enfoque de género por mandato convencional, constitucional y legal, reconociendo la realidad social y material de las mujeres, quienes se hallan inmersas en condiciones de desigualdad estructural y violencia. La integración de esta perspectiva en las fases de indagación e investigación constituye un elemento clave para garantizar procesos objetivos y libres de sesgos en casos de violencia basada en género. En este marco, el presente trabajo busca acompañar la aplicación del enfoque diferencial en la valoración probatoria que corresponde al fiscal, como director de la indagación e investigación, en los casos de violencia sexual.