El principio de proporcionalidad como criterio para analizar la institución de los beneficios y subrogados penales a la luz de los fines de la pena al momento de su ejecución

Abstract
En esta investigación se realiza un análisis a partir del principio de proporcionalidad, como estructura argumentativa, de la disposición contenida en el inciso 2 del artículo 68A de Ley 599 del 2000, utilizando como criterio transversal los fines de la pena que operan al momento de su ejecución de conformidad con lo señalado en el inciso 2 del artículo 4 del Código Penal colombiano. Lo anterior, en aras de determinar si la norma objeto de estudio cumple con las exigencias establecidas en la Constitución Política de Colombia, toda vez que la exclusión objetiva de beneficios y subrogados penales, no permite al operador judicial realizar un análisis más amplio sobre la procedencia de la exclusión de estos mecanismos alternativos para la aplicación de la pena frente a cada caso en particular. Con el propósito de alcanzar el objetivo indicado se plantea un análisis dogmático, jurisprudencial y normativo en torno a la justificación de la pena como expresión del ius puniendi del Estado, haciendo especial énfasis en los fines que deben ser cumplidos en el momento de su ejecución. Así mismo, se abordará la institución de los beneficios y subrogados penales, con el fin de establecer criterios para determinar si su regulación en el ordenamiento jurídico colombiano atiende a su naturaleza que responde a fines resocializadores y de humanización de derecho penal. Finalmente, con fundamento en lo anterior se aplica el principio de proporcionalidad en sentido amplio para valorar cuál de los principios en colisión, dignidad humana y, convivencia y seguridad ciudadana, debe prevalecer en el marco de un Estado social y democrático de derechos.
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Keywords
Principio De Proporcionalidad, Beneficios Y Subrogados Penales, Pena, Fines De La Pena.
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